La Apostilla según su definición formal es un método simplificado de legalización de documentos necesaria para verificar su autenticidad en el ámbito del Derecho internacional privado. Es decir la Apostilla certifica que el que firma el documento es un funcionario existente y autorizado del Estado.
Físicamente, no es un documento adicional, consiste en un sello (hoja o pegatina) que se agrega adherida al reverso o en una página adicional a los documentos que la autoridad competente estampa sobre una copia del documento público, legitimando el contenido del escrito que reviste.
Fue introducida el 5 de octubre de 1961, como método alternativo a la legalización por el Convenio de La Haya, es decir con la Apostilla de la Haya se suprime la exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo .
Así, los documentos emitidos en un país firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla son reconocidos en cualquier otro país firmante del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.
Las preguntas surgen ahora cuando debemos apostillar documentos que deban surtir efectos en un país cuya lengua oficial no es la misma que la lengua del documento apostillado.
En estos casos es necesario recurrir a un traductor jurado.
En el caso de traducciones juradas entre Francia y España podemos encontrarnos con varias situaciones.
– Documento Francés que necesita surtir efecto en España:
- Opción 1:
- Se apostilla el documento original francés en el organismo correspondiente (Cours d’Appel de la que depende el emisor del documento original)
- Se contacta con un traductor jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España residente en Francia (Ver listado aquí– Página 249 ). Este traducirá su documento al español e incluirá la traducción de la apostilla. En su documento traducido un traductor jurado debe incluir su firma y sello.
- Opción 2:
- Se contacta con un traductor jurado habilitado por una Cour d’Appel francesa. Este traducirá su documento original francés (aun sin apostillar) al español, añadiendo igualmente su firma y sello. Una vez efectuada la traducción, su documento traducido debe ser apostillado por la Cour d’Appel que ha habilitado a dicho traductor.
– Documento Español que necesita surtir efecto en Francia:
- Opción 1:
- Se apostilla el documento original español en el organismo correspondiente (Ver enlace)
- Se contacta con un traductor jurado habilitado por una Cour d’Appel francesa para el idioma español (Atención traductores residentes en Francia). Este traducirá su documento al español e incluirá la traducción de la apostilla.
- Opción 2:
- Se contacta con un traductor jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España para el idioma Francés (Ver listado aquí). Este traducirá su documento original español (aun sin apostillar) al francés, añadiendo igualmente su firma y sello. Una vez efectuada la traducción, su documento traducido debe ser apostillado por un organismo competente en función del tipo de documento (Ver listado).
¿Dónde se puede acudir para apostillar un documento original español en España?
1. Para apostilar Documentos Públicos Administrativos (algunos documentos administrativos precisan de reconocimiento previo de firma) y Judiciales (incluidos documentos de Registro Civil), el ciudadano puede dirigirse, a su elección, a cualquiera de las Autoridades Competentes mencionadas a continuación:
- Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia.
- Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y Oficinas Delegadas de Ceuta y Melilla.
- Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia y de las ciudades de Ceuta y Melilla.
2. Documentos notariales y documentos privados cuyas firmas han sido legitimadas ante Notario:
- Colegios Notariales o aquellos Notarios en quien deleguen.
3. Documentos públicos judiciales expedidos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo:
- Secretarios de Gobierno de los respectivos tribunales o en quien ellos deleguen.
¿Dónde se puede acudir para apostillar un documento original francés en Francia?
En Francia es la Cour d’Appel la encargada de apostillar los documentos originales.
En Ile de France existen 2:
París: Cour d’Appel de Paris, Palais de Justice, rue Harlay.
Versalles: 5, rue Carnot, 78 011 Versailles
¿Qué documentos pueden apostillarse?
- Documentos judiciales: Documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.
- Documentos administrativos.
- Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
Sin embargo, no pueden apostillarse:
- los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
- los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
- los documentos que, en aplicación de otros Convenios Internacionales estén exentos de ser legalizados o apostillados.